A- de 2016
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Luis Antonio Meza Garcia Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia excepcional de la Corte Constitucional
- Competencia del juez de primera instancia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se analizan varias solicitudes de apertura de incidentes de desacato frente al supuesto incumplimiento de la Sentencia T-648/13, por parte de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo y Desastres -UNGRD-.
La Sala Tercera de Revisión evidencia que el presente caso no se enmarca en ninguna de las hipótesis que ha establecido la Corporación para que, de manera excepcional, asuma la facultad de hacer cumplir sus providencia.
Se NIEGA las peticiones formuladas y se advierte a los memorialistas que es el juez de primera instancia quien debe conocer del desacato y del cumplimiento de las órdenes impartidas en el precitado fallo.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- En merito de lo expuesto, la Sala Tercera de Revision de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,
- RESUELVE:
- Primero. NEGAR la solicitud presentada por los ciudadanos Luis Antonio Meza Garcia y otros, por Daniel del Cristo Hernandez Ortega y otros, por Pedro Munoz Martinez y otros y, por Johana Isabel Salcedo Ospino y otros, en el sentido de que la Corte inicie incidente de desacato respecto de lo ordenado en la Sentencia T-648 de 2013.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.